Registro grandes tenedores

El Decreto Ley 3/2026, de 24 de marzo de la Generalitat de Cataluña (que entrará en vigor el próximo día 26/3/2026) modifica la D. Adicional Vigésimo séptima de la Ley Catalana de Vivienda 18/2007 que es la norma que creó el Registro de Grandes Tenedores de Inmuebles.

A partir del día 26 de marzo de 2026, existirá obligación formal de inscribirse a todas las personas físicas o jurídicas que posean en pleno dominio o en porcentajes de titularidad o usufructo (no computa la nuda propiedad) viviendas (no computan trasteros, plazas de aparcamiento, solares o naves industriales), dentro del territorio del Estado, según el siguiente detalle:

  1.- EN ZONAS DECLARADAS ÁREA TENSA si poseen:

  1. 5 o más viviendas en cada una de las dos áreas tensionadas descritas en las Resoluciones TER/800/2024 ó TER/2408/2024.
  2. Si el cómputo es en porcentajes o titularidades inferiores al 100%, la suma de todos los porcentajes debe computar como mínimo 500%
  3. O si poseen viviendas cuya superficie construida es superior a 1500 m2.
  4. Computa la vivienda habitual.

2.- EN ZONAS NO DECLARADAS ÁREA TENSA si poseen:

  1. 11 o más viviendas.
  2. Si el cómputo es en porcentajes, la suma de todos ellos debe superar los 1500 m2 construidos.
  3. Si la superficie construida de las viviendas es superior a 1500m2.
  4. Computa la vivienda habitual.

El Registro de Grandes Tenedores será objeto de un reglamento posterior que desarrollará su funcionamiento y que obligará a inscribirse formalmente en el Registro, pero a partir de mañana existirá la obligación formal de comunicar a la Agencia de Vivienda de Cataluña la condición de Gran Tenedor.

La falta de inscripción y/o comunicación se considerará una infracción grave y puede conllevar unas sanciones con multas de 9.001 a 90.000 euros.

Desde PLANA VENTURA GARCÉS les ofrecemos un asesoramiento especializado en derecho inmobiliario, y nos ponemos a su disposición para revisar su posible condición de Gran Tenedor, así como, en su caso, encargarnos de dicho trámite.

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