Con la aplicación de la nueva ley de vivienda ¿Cómo se determina quién es considerado Gran Tenedor?

Con la aplicación de la nueva ley de vivienda, serán considerados Gran Tenedor, aquellos propietarios sean persona física o jurídica que sean titulares o bien (i) de más de diez inmuebles urbanos (excluyendo garajes y trasteros); o bien (ii) sean titulares de una superficie total construida de más de 1.500 m2; o bien (iii) sean titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial sitos en áreas declaradas tensionadas y que así se recoja en la declaración de área tensionada.

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